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Principio de confianza legítima sobre los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad en Argentina, Colombia y Ecuador

Principio de confianza legítima sobre los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad en Argentina, Colombia y Ecuador



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Sección
Derecho

Cómo citar
Principio de confianza legítima sobre los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad en Argentina, Colombia y Ecuador. (2018). Documentos De Trabajo Areandina, 1. https://doi.org/10.33132/26654644.1275

Dimensions
PlumX
Citaciones
Angela Montoya López
    Juan Carlos Jiménez Salazar
      Harol Arley Cediel González
        Manuel Gilberto Gómez Jiménez
          Santiago Díaz Cano
            Santiago Díaz Henao

              El presente artículo toma por objeto de estudio los lineamientos establecidos para la comprensión y aplicación del principio de confianza legítima de los derechos fundamentales, respecto a la población carcelaria; las cuales, para el caso concreto, se analizarán en materia de derecho comparado con el fin de permitir establecer las diferencias y similitudes del trato que contempla cada ordenamiento jurídico de la nación colombiana, argentina y ecuatoriana. En ese orden de ideas, los derechos fundamentales son de imprescindible valor para un ordenamiento jurídico, toda vez que en ellos se encuentra inmerso la finalidad de un Estado y las garantías que el mismo establece para el desarrollo de una nación bajo unos principios constitucionales. Recae sobre los Estados la responsabilidad de limitar, en primera instancia, el derecho a la libertad de las personas que cometen actos delictivos según sea su tipología y, seguidamente, garantizar las condiciones para una vida digna durante su estadía, conllevando a generar las condiciones adecuadas para la efectiva resocialización. En el papel, las cárceles latinoamericanas tienen la misión de resocializar a los internos y propender que estos al culminar sus condenas, si es del caso, al estar extramuros, no vuelvan a infringir la ley, tengan una visión solidaria del mundo y convivan pacíficamente. No obstante, a partir del análisis realizado, se puede colegir que los centros penitenciarios de Argentina, Colombia y Ecuador, no cuentan con las condiciones estructurales, humanas o programáticas, para que el interno cumpla su condena de forma segura en aspectos mentales y orgánicos, con condiciones de salud óptimas y que pueda adelantar estudios que coadyuven a mejorar su calidad de vida; igualmente, se ha denunciado la vulneración, quebrantamiento o violación de los derechos humanos en estas penitenciarías.


              Visitas del artículo 309 | Visitas PDF 99


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